Mediante el Decreto 0186 de 2021, el gobernador Héctor Olimpo Espinosa extendió las restricciones de toque de queda y ley seca hasta el 3 de mayo, para mitigar los efectos de la pandemia por COVID-19 en el departamento de Sucre.
Por lo anterior, se restringe la circulación de personas y el consumo de bebidas embriagantes en todo el territorio sucreño desde las 12:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana del día siguiente. La presente medida es transitoria, y permite la venta de licor a través de plataformas digitales o domicilios.
Durante la vigencia del presente decreto, el pico y cédula se manejará por números pares e impares para el ingreso de personas a lugares privados abiertos al público y a todo tipo de establecimientos y locales comerciales, incluidos los supermercados y almacenes de cadena.
Quedan limitadas las realizaciones de reuniones sociales, tales como cumpleaños, matrimonios, bautizos y similares, en inmuebles públicos o privados a un aforo máximo de 20 personas durante la vigencia del decreto.
Igualmente, el acto administrativo departamental prohíbe la realización presencial de todo tipo de celebraciones de carácter municipal, regional o departamental.
Las medidas contempladas en este decreto dependerán de la curva del virus, las cuales se podrán modificar según sea su comportamiento.
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El artículo cuatro del Decreto 0183 de 2021 indica que la observancia de estas medidas es de cumplimiento obligatorio para los habitantes y residentes en el departamento de Sucre, y que su incumplimiento acarreará las sanciones previstas en la ley.
La fuerza pública realizará verificaciones respecto del cumplimiento de las medidas de aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable, el uso de tapabocas y las demás prevenciones a adoptadas.