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Procuraduría pide informe sobre emergencia por COVID-19 en Sucre

Solicitó al Gobernador de Sucre y al Alcalde de Sincelejo, informar en un plazo no superior a 24 horas, las acciones fijadas para atender la pandemia.

La Procuraduría General de la Nación (PGN), solicitó al gobernador de Sucre, Héctor Olímpo Espinosa y al alcalde de Sincelejo, Andrés Gómez Martínez, informar en un plazo no superior a 24 horas, las acciones fijadas para la atención de la emergencia causada por el COVID-19.

El Ministerio Público exhortó a los mandatarios a implementar de forma urgente estrategias que garanticen la ejecución coordinada de acciones orientadas al control de los contagios por COVID-19 y el fortalecimiento de la infraestructura hospitalaria en este departamento.

La Procuraduría dio a conocer que resulta alarmante que entre el 1 de junio y el 6 de julio de 2020, los casos pasaran de 20 a 1.892, y que este crecimiento exponencial de la pandemia generara la ocupación del 100% de las pocas camas de Unidades de Cuidados Intensivos (UCI), que el departamento tiene destinadas para la atención de pacientes positivos para COVID-19.

La solicitud fue hecha a través de una misiva dirigida al Gobernador de Sucre y al alcalde de Sincelejo, por cuanto, esta ciudad presenta el mayor número de casos y muertes por COVID-19 en el departamento.

La PGN cuestionó que solo hasta el 23 de junio anterior se aprobara el plan de expansión de la capacidad instalada para la prestación de servicios de salud, con el aval a los tramites precontractuales y contractuales necesarios para la adquisición de camas UCI, intermedias, equipos biomédicos y módulos hospitalarios.

Asimismo, les dieron a conocer que es indispensable designar de forma inmediata un equipo multidisciplinario que defina acciones inmediatas para la ejecución de obras y adquisición de equipos necesarios que garanticen la capacidad de la infraestructura médico asistencial, para asegurar las condiciones de salud y vida de los pacientes positivos a COVID-19.

Les recordó el Ministerio Público a los mandatarios, que las autoridades territoriales tienen el deber y la obligación de ejecutar todas las acciones que estén bajo su competencia para la atención de los enfermos, y la implementación de medidas conducentes a garantizar la seguridad alimentaria y el control del orden público.

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