En un amparo a los derechos colectivos al goce del espacio público, a la seguridad, prevención de desastres y realización de construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos en las comunidades de los corregimientos de Rocha y Puerto Badel, el Tribunal Administrativo de Bolívar mediante la sentencia 005/2019 ordenó al Instituto Nacional de Vías (Invías) realizar el mantenimiento y la adecuación de la vía que conduce desde el municipio de Arjona hasta estos dos corregimientos.
La decisión fue notificada la semana pasada, cuatro años después de instaurada la acción popular contra Invías, aunque también fueron involucradas la Gobernación de Bolívar y el municipio de Arjona. Sin embargo, finalmente el Tribunal consideró que la responsabilidad de este trayecto recae sobre Invías, porque pertenece a los 120 mil kilómetros de red terciaria que le corresponde mantener y atender a dicha entidad.
Pese a que en 2015 la entidad accionada respondió la acción popular proponiendo una excepción de hecho y explicando que ha cumplido con sus obligaciones a través del convenio interinstitucional suscrito con el municipio de Arjona, en el cual se destinaron más de 2 mil millones de pesos para el mantenimiento de la vía; el Tribunal consideró que si bien “existen proyectos adecuación y mantenimiento de la vía, esta se encuentra en mal estado con hundimientos, humedad, no está en óptimas condiciones, situación que atenta contra el derecho al uso y goce del espacio público y su deterioro podría afectar el derecho al acceso al servicio público de transporte”.
Por tal razón, ordenó a Invías que dentro de seis meses, contados a partir de la notificación de la decisión, “adelante toda la etapa precontractual que involucre la realización de estudios, diseños, actuaciones presupuestales y procesos de selección de contratista para el mantenimiento y adecuación en condiciones óptimas de la vía Arjona- Rocha- Puerto Badel”.
Así mismo se le ordenó al municipio de Arjona que ejerza vigilancia en la ejecución y efectiva culminación de las obras en la vía en cuestión, según los plazos establecidos.
Finalmente se deberá establecer un comité que verifique el cumplimiento de la sentencia. Este estará integrado por el magistrado ponente, los demandantes, el alcalde de Arjona o su delegado, el director de Invías o su delegado y por el Ministerio Público, representado por el procurador delegado y un delegado de la Contraloría.