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Consejo de Estado debe definir arreglo de la vía Rocha- Puerto Badel

Pese a que el Tribunal Administrativo de Bolívar ordenó al Instituto Nacional de Vías (Invías) realizar el mantenimiento de esta vía, el ente apeló la decisión. Ahora el Consejo de Estado deberá resolver el recurso.

Luego de que el Tribunal Administrativo de Bolívar, mediante la sentencia 005/2019, ordenara en primera instancia al Instituto Nacional de Vías (Invías) realizar el mantenimiento y la adecuación de la vía que conduce desde el municipio de Arjona hasta los corregimientos de Rocha y Puerto Badel, parecía que por fin estas comunidades dejarían de padecer con el polvorín del verano o el barro del invierno que dificultan la movilidad de sus habitantes. Sin embargo, un nuevo capitulo se abrió luego de que Invías apelara la decisión del tribunal.

¿Por qué apelaron?

En la decisión del Tribunal se consideró que la responsabilidad de este trayecto recaía sobre Invías, porque pertenece a los 120 mil kilómetros de red terciaria que le corresponde mantener y atender a dicha entidad.

El instituto rechazó la decisión alegando que “la vía Rocha - Puerto Badel se trata de una vía terciaria y el Invías solo tiene a su cargo las vías nacionales, por consiguiente la vía en cuestión es de propiedad del municipio de Arjona”, reposa en el recurso de apelación presentado el pasado 4 de abril por Invías.

Dentro de los argumentos prosiguen explicando que “lo que ocurre es que los municipios de cuarta, quinta y sexta generación no cuentan con los recursos suficientes para hacer obras públicas de infraestructura vial, por lo cual en algunas ocasiones, dependiendo de la gestión hecha por le alcalde en su momento, pueden celebrar convenios de cooperación o apoyo técnico según sea el caso y el Invías le suministra algunos recursos para que el municipio los ejecute en el territorio”.

Los convenios

Frente a esto, Invías aseguró que celebró los convenios 2690 por $1.169 millones y el 2283 de 2014 por $1.360 millones, pero “no estaba abrogando competencia de esas vías terciarias, sino que cumplía con el rol de apoyo interinstitucional para obras de mejoramiento en estos sectores, pero el contratante era, es y sigue siendo el municipio de Arjona”, reposa en el documento.

Puntualizan además que el hecho de que hubieran suscrito el convenio y desembolsaran recursos a un ente territorial, no le crea obligación permanente, porque ese sector no se encuentra en su plan vial.

Por tales argumentos, finalmente puntualiza que “el problema no es de Invías, sino de varios actores importantes como el distrito de Cartagena, Aguas de Cartagena, Alcaldía de Arjona y Fonade”.

Consejo de Estado decidirá

Así las cosas, pese a que inicialmente el Tribunal ordenó a Invías que dentro de seis meses, contados a partir de la notificación de la decisión, adelantar “toda la etapa precontractual que involucre la realización de estudios, diseños, actuaciones presupuestales y procesos de selección de contratista para el mantenimiento y adecuación en condiciones óptimas de la vía Arjona- Rocha- Puerto Badel”, tras evaluar la apelación presentada por Invías, el pasado 25 de abril, el mismo Tribunal ordenó enviar el expediente al Consejo de Estado para que este sea quien resuelva sobre dicho recurso.

Mientras esto ocurre, la comunidad de Rocha aclama que todo se resuelva y la vía sea construida lo más pronto posible para brindar mejores condiciones de desarrollo y calidad de vida.

El proceso

1. En el 2014, Benjamín Acevedo Correa, a través de su abogado, presentó una acción popular ante el gobernador de Bolívar, el director del Instituto Nacional de Vías (Invías) y el alcalde de Arjona, para que tomaran medidas contundentes tras el mal estado de la vía.

2. El Tribunal concertó que había que vincular a Arjona, ya que este municipio tenía injerencia sobre esta carretera, pero en última instancia la responsabilidad no le quedó ni al departamento ni al municipio, sino a la Nación.

3. La sentencia N° 005/2019, que fue proferida el 18 de enero, dice que la vía está dentro de la catalogada red terciaria, lo que quiere decir que la Gobernación de Bolívar y la Alcaldía de Arjona no están obligados a pavimentar la vía. Sin embargo, dentro del Convenio interadministrativo 2283 de 2014, suscrito entre Invías y el municipio de Arjona, se contemplo la pavimentación de esta, al igual que obras de drenaje y protección.

4. El Tribunal de Bolívar ordenó a Invías que dentro de los seis meses próximos a partir de la notificación se adelante toda la etapa precontractual que involucra la realización de estudios, diseños, actuaciones presupuestales y proceso de selección de contratista para el mantenimiento y adecuación de la vía.

5. El 4 de abril Invías presentó recurso de apelación alegando que el arreglo que la vía se sale de sus competencias.

6. El Tribunal Administrativo de Bolívar traslada el expediente al Consejo de Estado para que sea quien de la última palabra.

Proyecto divido en tres tramos
Este proyecto será divido en tres tramos. El primero de ellos denominado Arjona-Variante Mamonal Gambote, que tiene una longitud de 7.6 km de los cuales el 13.15% de la calzada se encuentra en mal estado. El segundo tramo, Variante Mamonal Gambote-Rocha, tiene una longitud de 12.9 km, de los cuales solo el 2.4% está en mal estado. El último es denominado Rocha-Puerto Badel, que tiene una longitud de 5.6 km, de los cuales el 15.94% de la calzada está afectada.
Alcaldía responde

La alcaldesa de Arjona, Esther María Jalilie, explicó que junto con Aguas de Cartagena van a intervenir la vía de Rocha - Puerto Badel, a la cual se le hará mantenimiento, además, Acuacar hará inversiones en proyectos sociales comunitarios, los cuales ya fueron socializados en Puerto Badel, y mañana se socializarán en Rocha.

Respecto al fallo, explicó que deben esperar que el Consejo de Estado emita un concepto definitivo.

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