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¿Qué pasará con la curul de Gloria Estrada tras ser procesada?

Lo que pase con la curul de la presidenta del Concejo depende de la determinación que tome el juez que lleva su caso. Expertos explican.

La ciudad está a la expectativa ante lo que pueda pasar con el caso de la presidenta del Concejo Distrital, Gloria Estrada, quien afronta un proceso por el delito de tráfico o porte de estupefacientes. La concejala del Partido Liberal fue capturada el viernes de la semana pasada cuando iba a bordo de una camioneta con propaganda política del senador Lidio García, en la que uniformados de la Policía Metropolitana hallaron una “panela” que aparentemente contenía coca.

A la concejala la acompañaban su esposo Martín Alonso Barreto De la Hoz y Avelino Villamizar, quienes también fueron capturados. En el operativo la Policía también decomisó tres pistolas, todas con salvoconductos. Las tres personas capturadas fueron dejadas a disposición de la Fiscalía Seccional Bolívar, así como las armas y el paquete rectangular envuelto con cinta plástica de color negro, que contenía una sustancia beige prensada: la posible droga. Lea: Consejo Gremial pide la dimisión de Gloria Estrada

Tras las pruebas químicas, se confirmó que la sustancia era clorhidrato de cocaína. Es decir, cocaína de la más alta pureza. El paquete tuvo un peso bruto de 1.050 gramos. El peso de la envoltura como tal fue de 53,3 gramos, mientras que el de la cocaína fue de 997 gramos. Investigadores señalan que en el mundo del hampa cada gramo de coca puede venderse desde 5 mil pesos en adelante. Es decir, que la panela decomisada tendría un costo de casi 5 millones de pesos en suelo colombiano. En el exterior ese precio podría multiplicarse hasta por 10. De dónde proviene la droga y a dónde la llevaban es una de las preguntas que intentan resolver las autoridades.

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La audiencia

Tras las capturas, las tres personas fueron presentadas en una audiencia virtual ante un juez de Garantías, el sábado a las 6 de la tarde. Luego de analizar el material probatorio presentado por el fiscal que asumió la indagación, el togado legalizó las capturas de las tres personas. La diligencia se suspendió por petición de los abogados defensores de los procesados y continuará el martes. Lea: Juez legaliza captura de Gloria Estrada, presidenta del Concejo Distrital

Lo que se preguntan muchos es qué pasará con la curul de la concejala Estrada en caso tal de que el juez de Garantías imponga una medida de aseguramiento restrictiva de la libertad contra esta. Esto es, que la mande a la cárcel mientras avance el proceso o si le impone detención domiciliaria. La otra posibilidad es que podría dejarla en libertad y que en estas condiciones la concejala afronte el proceso penal. Pero, ¿qué pasaría con la curul de Estrada si el juez le impone una medida restrictiva de la libertad?

De conformidad con el artículo 134 de la Constitución Política de Colombia, modificado por el artículo 4 del Acto Legislativo Número 2 del 2015, los miembros de las corporaciones públicas “solo podrán ser reemplazados en los casos de faltas absolutas o temporales que determine la ley, por los candidatos no elegidos que según el orden de inscripción o votación obtenida, le sigan en forma sucesiva y descendente en la misma lista electoral”.

Expertos señalan que la imposición de una medida de aseguramiento privativa de la libertad contra Estrada, en establecimiento carcelario o en el domicilio, constituye una falta temporal para el ejercicio del cargo.

Un abogado penalista y administrativista consultado por El Universal explica que la imposición de una medida de aseguramiento privativa de la libertad, en establecimiento carcelario o en el domicilio del procesado, constituye una falta temporal para el ejercicio del cargo.

“Para establecer si es procedente el reemplazo, debe establecerse la naturaleza del delito por el cual se impone la medida de aseguramiento. ‘Si la medida de aseguramiento se impone por delitos comunes relacionados con pertenencia, promoción o financiación a grupos armados ilegales o actividades de narcotráfico; dolosos contra la administración pública, contra los mecanismos de participación democrática, ni por delitos de lesa humanidad’, no procede el reemplazo de la curul por expresa prohibición del parágrafo transitorio del artículo 134 de la Constitución Nacional”, expone el jurista.

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Y concluyó: “Por lo tanto, para poder determinar si procedería o no procedería reemplazo, debe esperarse una eventual decisión del juez de Control de Garantías, que resuelva sobre una eventual petición de medida de aseguramiento, para establecer si la privación de la libertad se produce por alguno de los delitos determinados en el parágrafo transitorio constitucional. Solo cuando se conozca el delito por el cual se llegase a imponer medida de aseguramiento podrá establecerse si resulta procedente el reemplazo o la figura de la ‘silla vacía’”.

¿Quién podría reemplazarla?

Fernando Niño, exconcejal de Cartagena, se retiró el pasado 30 de noviembre del 2021 para aspirar a la Cámara de Representantes por el Partido Conservador. Por ende, su curul en el Concejo fue por quien siguió en votos en las elecciones de su colectividad: el abogado Rafael Meza Pérez.

Su posesión se dio luego de que la secretaría general del Concejo solicitó a la Registraduría Nacional del Estado Civil la certificación del candidato del Partido Conservador que seguía en lista. La entidad remitió formulario E26, en donde consta el cómputo de los votos para el Partido Conservador, certificando que Meza Pérez seguía en lista. Caso similar podría pasar con Estrada en caso de que renuncie o de que las condiciones así lo permitan.

En las pasadas elecciones quedaron como concejales del Partido Liberal: Gloria Estrada, Kattya Mendoza Saleme y Hernando Piña Elles. Quien quedó de cuarto sería quien podría ocupar la curul de Estrada, si así lo determina el proceso. En este caso sería Bruno Enrique Hernández Ramos.

¿Quién es Bruno Hernández Ramos?
Bruno Hernández Ramos aspiró al Concejo Distrital de Cartagena por el Partido Liberal y sacó 6.431 votos, 260 menos de los 6.691 votos que obtuvo Hernando Piña. Es abogado especialista en derecho administrativo y en derecho laboral. Ha trabajado en la Contraloría General de la República, la Contraloría Departamental de Bolívar, la Alcaldía de Cartagena (Corvivienda), en el Instituto de Seguridad Social y en el mismo Concejo Distrital de Cartagena. En caso tal de que, por alguna razón laboral o personal, Hernández desista de la curul que podría dejar Estrada, los siguientes nombres en orden de votación son: Rito Pérez Montes, Javier Curi Osorio y Erich Piña.

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