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RUMV y PPT: ¿cuál es la diferencia?

Ambos mecanismos hacen parte del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV), cuyo fin es regularizar la permanencia en Colombia.

El Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV), que rige desde el 1 de marzo 2021 es el mecanismo “busca proteger a la población migrante que se encuentra actualmente en condiciones de irregularidad, teniendo en cuenta que se trata de la población más vulnerable, medida que adicionalmente desestimula la migración irregular con posterioridad a la entrada en vigencia de la norma”, explica un documento informativo expedido por el Gobierno.

El documento que se obtiene para regularizar la situación migratoria en el país es el “Permiso por Protección Temporal” (PPT), que reemplaza definitivamente al Permiso Especial de Permanencia (PEP). La fecha límite original de su expedición era hasta abril del presente año, pero debido a una serie de atrasos, se extendió hasta diciembre.

Va dirigido a los migrantes regulares, a los migrantes irregulares que puedan demostrar que estaban en el país antes de la entrada en vigencia del estatuto (con el 31 de enero como fecha de corte) y a aquellos que se encuentren tramitando su condición de refugiados o la hayan conseguido (es decir, aquellos que quieran acceder al Salvoconducto SC-2 o ya lo tengan). Su vigencia es de 10 años. Le puede interesar: Población migrante venezolana, ¿ilegal o irregular?

El PPT es un mecanismo de regularización migratoria y documento de identificación, que autoriza a los migrantes venezolanos a permanecer en Colombia.

Gobierno Nacional

RUMV y PPT

El estatuto posee dos componentes: el Registro Único de Migrantes Venezolanos (RUMV) y el PPT. El RUMV es, como su nombre lo dice, un listado de todos los migrantes venezolanos que se encuentran en el país y no tiene ningún efecto directo sobre su estatus migratorio. Su manejo está a cargo de Migración Colombia.

Para calificar para esta lista, debe “encontrarse en Colombia, presentar su documento de identidad vigente o vencido (pasaporte, cédula de identidad venezolana, acta de nacimiento (solo para menores de edad), declaración expresa de la intención de permanecer temporalmente en Colombia y una autorización de recolección de datos biométricos”, según información oficial.

Para acceder al PPT, el Gobierno establece que es necesario “estar incluido en el RUMV, no tener antecedentes, anotaciones ni procesos administrativos o judiciales en curso; no tener en curso investigaciones administrativas migratorias, no tener en su contra medidas de expulsión, deportación o sanción económica vigente y no tener en curso investigaciones o condenas por delitos cometidos en Colombia”.

Al igual que el RUMV, el PPT está a cargo de Migración Colombia. Es un “mecanismo de regularización migratoria y documento de identificación, que autoriza a los migrantes venezolanos a permanecer en Colombia en condiciones de regularidad migratoria especial por su término de vigencia”, explica el Gobierno. Puede leer: Sisbén para la población migrante venezolana: guía para acceder.

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