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Reputación digital y derecho olvido

¿Has cometido alguna vez un error? ¿Crees en las segundas oportunidades? Es muy frecuente en la vida de cualquier persona del común haberlos cometido, unos más graves que otros y son ellos los que han labrado nuestras vidas, se dice que se aprende más de los errores que de los aciertos.

30 años de vida profesional como investigador judicial me han enseñado que este mundo no se divide entre buenos y malos, y que todos somos potenciales infractores de la ley o ya lo hemos sido, la humanidad no es binaria en materia de comportamientos, somos ángeles y demonios, somos seres cambiantes y las circunstancias externas terminan esculpiendo nuestros comportamientos y reacciones, aprendemos del error desde que nacemos y es la capacidad de superación, de resiliencia (termino que se ha puesto de moda) y aprendizaje la que nos construye la personalidad, misma que está en evolución (o involución dependiendo de las decisiones tomadas) permanente y que no cesa sino con la muerte, luego castigar con exceso de severidad el error es un error (quepa le redundancia) sin embargo la percepción externa, que tienen hombres y mujeres que están ligados a la misma ley natural del error, congregan todas esas percepciones en un intangible que conocemos como reputación y que hoy se amplía a través de la reputación digital.

Pero ¿Qué es la reputación digital y que tan importante es? La evolución del viejo concepto que siempre ha acompañado a la humanidad, ¿Cómo nos ven los demás? ¿Qué tan importante es como nos ven los demás? Preguntas que han escarbado hasta la saciedad la psicología moderna, lo cierto es que la diferencia entre el viejo concepto y lo que hoy se denomina reputación digital parte del hecho de que, Internet es implacable con el pasado, cualquier foto, video o comentario que subamos o que alguien mas suba sobre nosotros, quedara ahí para siempre y será lo primero que le gente vea cuando busquen tu nombre en la red.

El 98% de las personas y / o empresas hacen consultas a través de la red antes de contratar o hacer negocios, inclusive hay empresas que tienen en su protocolos hacer una revisión periódica, en los medios digitales, para prevenir escándalos o en general algo que afecta su “reputación digital”.

La reputación ha sido a través del tiempo, un argumento fundamental al momento de hacer negocios, la construcción de un perfil que acumule las cualidades indicadas da a su beneficiario una ventaja competitiva, la información que injustamente se encuentra en la red es imposible borrarla del todo, aun quedará un riesgo que se encuentra alojado en miles de páginas que hayan podido re publicar la información que nos afecta.

Pero ¿Cómo administrar mi reputación digital? ¿Qué pasa si en el pasado cometí un error y me tomaron unas fotos que afectan mi reputación o di una declaración de la que hoy me arrepiento, pero fue publicada? o aún mas grave (pero igualmente común) ¿Cometí un delito, pero ya pagué mi pena? ¿Tengo derecho a una segunda oportunidad?

La ley dice que si:

El derecho al olvido es la norma guía para argumentar como elemento principal en la solicitud de borrado de la información que haya sido publicada de manera ilegal y / o injusta en alguna página web e inclusive a los mismos motores de búsqueda.

El Derecho al Olvido en los términos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la sentencia sobre el caso Google (asunto C-131/12) el 13 de mayo de 2014, reconoce el derecho a los ciudadanos de solicitar a los motores de búsqueda, en casos especiales y justos, a que borren algunos vínculos en la lista de hits (resultados) que se obtienen al efectuar la búsqueda a partir de su nombre. “Es decir, des indexar los datos personales de los vínculos o enlaces que arroja el buscador de Internet con el fin de proteger la Reputación digital”.

En el derecho colombiano, quienes hayan cometido un delito y hayan pagado su pena, tienen derecho a que los portales que reportan de manera formal los procesos penales borren las anotaciones referentes.

Muchas críticas se han generado a partir de este derecho, hay quienes reclaman a viva voz que ese olvido es injusto para las “personas de bien” es decir esos que no han cometido un delito o en general un error en sus vidas, pero la criminología moderna ha demostrado que al contrario de algunas teorías que dominaban la escena jurídica en los siglos XIX y mediados del siglo XX, las personas que han cometido delitos y han purgado sus penas, son menos propensas a reincidir, diferente al delincuente que reincide sin haber sido castigado por sus acciones pasadas.

Así mismo, este derecho al olvido tiene limitaciones en ciertos delitos, sobre todos los relacionados con las ofensas sexuales a menores y los delitos de lesa humanidad, inclusive si se profundiza en las raíces católicas y cristianas de la sociedad Colombiana, el perdón, como aporte fundamental de Cristo en la religión, eso tan bien representado con el pasaje bíblico de María Magdalena y Jesús: “El que esté libre de pecado que tire la primera piedra” hace referencia a eso precisamente, al derecho que tenemos los humanos a equivocarnos, a pagar nuestras culpas pero a recibir una segunda oportunidad, el mundo está construido a partir de segundas oportunidades. Grandes hombres y mujeres, que han dejado huellas fundamentales en la humanidad, han sido grandes equivocados que la vida ha recompensado con un perdón y una mano extendida que les permitió trascender.

Somos como San Pablo en camino a Damasco, pecadores, equivocados, ciegos que aprendemos de nuestros errores, la sociedad es mejor cuando es inclusiva, cuando es generosa y cuando da segundas oportunidades.

El camino es claro, ejercer el derecho que los protege, si alguien se siente con el derecho a una segunda oportunidad, si alguien a cometido un error, inclusive un delito y ya pago por ello, reclame y obtenga la oportunidad de un nuevo comienzo, sin ataduras a pasados equivocados, a señalamientos injustos a escrúpulos inescrupulosos.

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