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Así puede denunciar si es víctima de la violencia de género

Diversos mecanismos le permiten a las mujeres denunciar a sus agresores ante las autoridades. Conozca cuáles son.

Si usted ha sufrido física, psicológica o sexualmente debido a las acciones de su pareja o de terceros, debe reportarlo. En nuestro país, la Ley 1257 de 2008 establece cuáles son las rutas a tomar para este proceso, las sanciones para los agresores y las obligaciones del estado para con las víctimas:

1. El primer paso es notificar a las autoridades pertinentes; a saber, la Comisaría de Familia, un juez civil municipal, un juez promiscuo municipal, una estación de policía o la Fiscalía General de la Nación. También es posible acudir a entidades que brindan apoyo en la materia, como Profamilia, el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses o el ICBF (en casos donde haya menores de edad involucrados).

A raíz de la pandemia, también se creó la línea de atención inmediata 155, que funciona durante 24 horas y brinda información sobre la violencia contra las mujeres y qué pueden hacer para entablar una denuncia. En el caso específico de Cartagena y Barranquilla, puede acudir al Centro de Orientación a la Mujer (Comujer), que es parte del programa de Trabajo Social de la Universidad Rafael Núñez.

Es importante tener en cuenta, además, que el reporte puede ser interpuesto por cualquier persona, incluso de manera anónima.

A raíz de la pandemia, se creó la línea de atención inmediata 155, que funciona durante 24 horas y brinda información sobre cómo entablar una denuncia.

2. Pasadas las 4 horas de la denuncia, “se asignan las medidas de protección provisionales y acompañamiento policial. Seguidamente, se espera a la audiencia en la cual se definen las medidas de protección pertinentes e integrales para el caso”, como se anuncia en la cartilla “¿Qué hacer si eres víctima de violencia intrafamiliar?” expedida por la Consultoría para los derechos humanos y el desplazamiento. Puede leer: Definen lote para Casa Refugio de mujeres víctimas de violencia en Sucre.

3. Según lo estipulado por la Ley 1257, las sanciones que se le impondrán al agresor pueden incluir el desalojo, las órdenes de restricción (que aplican para la víctima y sus familiares), las indemnizaciones, la separación económica, y, en casos más graves, la cárcel.

4. En cuanto a las obligaciones para con la víctima, el Estado debe velar por su seguridad, lo que implica toda una serie de beneficios que le permitan recobrar su salud física y mental, así como mantener su situación familiar y económica sin que su abusador interfiera. Para mayor información legal, puede consultar con la Línea 155, con un centro de ayuda especializada o con un abogado experto en derecho familiar. Le puede interesar: Mujeres víctimas de violencia pueden acceder a hogar de paso en Cartagena.

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