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Inhabilidad de 20 años para soldados que abusaron a niña embera

Los uniformados hacían parte del Batallón de Artillería No. 8 ‘Batalla de San Mateo’, de la Octava Brigada del Ejército.

El procurador delegado para la Fuerza Pública, Hermán Rincón, destituyó e inhabilitó por 20 años a los siete exmiembros del Ejército Nacional vinculados en el abuso sexual a una menor de edad de la comunidad indígena Embera, ocurrido en Risaralda el pasado 21 de junio. (Lea aquí: Soldados que violaron a niña indígena rendirán versión libre)

La decisión cobijó a Juan Camilo Morales Poveda, Yair Stiven González, José Luis Holguín Pérez, Juan David Guaidía Ruiz, Oscar Eduardo Gil Alzate, Deyson Andrés Isaza Zapata y Luis Fernando Mangaret Hernández.

Los uniformados que hacían parte del Batallón de Artillería No. 8 ‘Batalla de San Mateo’, de la Octava Brigada del Ejército, responderán por los delitos de acceso carnal violento y secuestro simple cometido contra la menor, a juicio del ente de control.

El hecho que conmocionó al país, disciplinariamente, se resolvió este jueves a través de una audiencia virtual en la que Aura Fajardo, miembro del despacho del procurador Rincón leyó el sentido de fallo en el que dejó ver la responsabilidad de los uniformados sobre el abuso sexual a la menor.

Si bien, aunque los soldados trataron de defenderse aduciendo que habían sostenido relaciones sexuales bajo consentimiento de la menor, dado que esta los había buscado e, incluso, incitado a una relación íntima, Fajardo dejó claro que se le vulneró la integridad de la niña.

La delegada, en la lectura de fallo que tardó un poco más de seis horas, relató que la menor fue “llamada” por Morales Poveda hacia el lugar donde él se encontraba y se aprovechó de la autoridad que le otorgaba el vestir un uniforme y portar un arma del Ejército Nacional.

Para Fajardo, esa situación generó en la niña indígena una “ingenua confianza”, que culminó en entablar una conversación, sin embargo, Morales Poveda “abusando de esa confianza la hizo atravesar la cerca ingresar al lugar donde él estaba, y la accedió carnalmente, y como si fuera poco llamó a sus compañeros, quienes se turnaron para penetrarla por vía vaginal”.

Los investigadores del caso entregaron pruebas al ente de control, en las que confirmaban que la menor fue accedida a la fuerza debido que le cogieron las manos y le taparon la boca, para que esta no pusiera resistencia mientras la atacaban sexualmente.

“Estas acciones permiten dar por demostrado el carácter violento del acceso carnal múltiple realizado con la menor indígena en la noche del 21 de junio”, resaltó Fajardo y añadió que las investigaciones en el caso les permitió identificar que los exmiembros de la institución se comunicaron personal y telefónicamente para llegar al lugar y “de manera simultánea accederla carnalmente”.

Para Fajardo, las actuaciones contra la menor son un claro ejemplo que los exmilitares defraudaron el nombre de la institución, pues tenían claro, bajo un juramento que hicieron, que no podían vincularse sentimental, ni sexualmente con pobladores de la región a donde llegaban adelantar operaciones de guardia.

“Esos actos realizados sobre la humanidad de una niña que los militares debían proteger, fueron verdaderos actos de barbarie ejecutados bajo la intimidación, amenaza y constreñimiento con el propósito de satisfacer sus deseos sexuales”, decía la providencia leída este jueves.

Para el ente de control, no hay duda de que el “macabro escenario de estos siete hombres armados esperando su turno para saciar sus instintos sexuales, tuvo la contundencia para influir en la menor víctima, quien no tuvo alternativa que acceder a las exigencias de sus agresores a cambio que no la lesionaran de manera más grave o atentaran contra su vida”.

La providencia también dejó de presente que, además, de vulnerar la integridad de la menor, se le atacó por su género, edad e incluso raza. “La menor indígena además de su capacidad para no consentir la relación por su edad, no estuvo en libertad de disponer de su cuerpo para la satisfacción de su sexualidad, sino que sobre ella se ejerció violencia sexual aprovechándose de su inocencia, confianza, género e incluso raza porque algunos de los testigos aseguraron como los asaltantes de se ufanaban de tener relaciones con una indígena”, argumentó.

La delegada del ente de control reprochó las actuaciones de los exmiembros de la institución castrense, a quienes les llamó la atención aduciendo que como funcionarios públicos debían suministrar seguridad a la población, pero contrario a ello “violentaron a una menor de edad de una manera miserable, uno tras otro con la ayuda de un compañero como si no se tratara de un ser humano”.

Para Fajardo, lo que busca la institución es que los uniformados generen confianza, seguridad y tranquilidad, pero con las acciones fomentadas se generó en la sociedad colombiana, en los niños y en los indígenas un ambiente de intranquilidad y de inseguridad.

La decisión en este caso es de primera instancia, y la defensa de los exmiembros de la institución podrá apelar la determinación.

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