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En 2020, se impusieron 67 sanciones por uso no autorizado del espectro en Colombia

Cualquier proveedor de red o servicio de telecomunicaciones que opere el espectro radioeléctrico sin permiso previo y expreso otorgado por el Mintic considerado como clandestino.

La Agencia Nacional del Espectro (ANE) dio a conocer los resultados del 2020 sobre la gestión de vigilancia y control del espectro radioeléctrico que tiene esta entidad adscrita al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic).

Cabe resaltar que cualquier proveedor de red o servicio de telecomunicaciones que opere el espectro radioeléctrico sin permiso previo y expreso otorgado por el Mintic considerado como clandestino.

No autorizados

Producto de la labor de monitoreo de uso de espectro, inspecciones en sitio, vigilancia y control, la agencia reporta que se impusieron 67 sanciones por uso no autorizado del espectro, lo que implica el pago de un total de 1.679 Salarios Mínimos Legales Mensuales equivalentes a 1.525.154 millones de pesos.

Las medidas de la Agencia Nacional del Espectro no sólo son sancionatorias, también son preventivas, por eso, en el 2020 se realizaron 7 charlas en diferentes regiones del país, en las que se dio a conocer el uso legal del espectro radioeléctrico y se adelantaron 47 decomisos de equipos de transmisión por uso no autorizado de espectro.

“El uso clandestino genera desigualdad en el acceso al espectro, toda vez que para su asignación legal se adelantan procesos de selección objetiva en los que se garantiza a los interesados la igualdad de oportunidades. Al usar el espectro de manera clandestina, se limitan dichas oportunidades, además se generan interferencias a sistemas de comunicaciones que operan legalmente, llegando a causarles perjuicios, siendo deber del Estado garantizar a los proveedores autorizados que podrán hacer uso del espectro asignado libre de interferencias”, mencionó Miguel Felipe Anzola, Director General de la ANE.

Denuncie

La ANE informa que para atender denuncias por uso no autorizado del espectro radioeléctrico requiere, por parte del denunciante, la información de la ciudad o municipio, departamento, dirección o ubicación donde se está haciendo uso no autorizado del espectro radioeléctrico, al igual que las frecuencias o bandas de frecuencias en uso. En el caso de las emisoras clandestinas, el nombre de la misma, si se conocen los datos del responsable de la operación y en caso de que se estén generando interferencias indicar si se afecta a otras emisoras que cuentan con permiso del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Así mismo, es importante que se suministre la información adicional que se considere necesaria para ubicar la fuente de las emisiones clandestinas.

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