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Nuevo decreto: Cambia toque de queda y se abren nuevos sectores en Cartagena

La Alcaldía de Cartagena emitió este viernes un nuevo decreto con medidas para el manejo del COVID-19.

Este viernes, la Alcaldía de Cartagena dio a conocer, a través del Decreto 0802 del 30 de julio, las nuevas medidas para el manejo del COVID-19 y la reactivación económica en la ciudad que regirán desde este 1 de agosto hasta el 1 de septiembre.

En el decreto, el alcalde William Dau modificó el toque de queda y el horario de las chivas que se venía implementando en la ciudad y habilitó la apertura de nuevos sectores, autorizados en la Resolución 777 del Ministerio de Salud.

Esto teniendo en cuenta que Cartagena, según la administración distrital, cumple con los requisitos establecidos en dicha resolución que son: cobertura superior al 70% en la vacunación de la población priorizada en la Fase 1 (etapa 1, 2 y 3) del Plan Nacional de Vacunación, y tener el índice de resiliencia epidemiológica superior al 0.5.

Las medidas

- El toque de queda regirá desde las 2:00 a.m. hasta las 5:00 a.m. de cada día. La medida venía funcionando hasta la medianoche.

- Durante la vigencia del nuevo decreto se permite la realización de eventos de carácter público o privado, lo que incluye conciertos, eventos masivos deportivos y lugares de baile, con un aforo máximo el 50% de la capacidad de la infraestructura en donde se realiza el evento, garantizando el distanciamiento físico de mínimo 1 metro.

Las actividades que ya vienen funcionando podrán continuar su desarrollo, siempre y cuando se respete un distanciamiento físico de mínimo 1 metro de distancia, así como los protocolos de bioseguridad. Es de precisar que la Resolución 777 establece que a los grupos familiares no les aplica esta regla de distanciamiento físico, pero deberán observarla con otros grupos o personas.

Dichos eventos y actividades deben contar con el debido registro y ser aprobados por la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana.

- El ingreso a las playas autorizadas seguirá en el horario de 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.

- El horario para el tránsito de vehículos turísticos tipo chiva se extendió de 9:00 a.m. hasta las 12:00 de la medianoche, anteriormente era solo hasta las 10 p.m.

- Se ordena el uso obligatorio de tapabocas, en espacios públicos y establecimientos de comercio en donde se deberá garantizar el distanciamiento social.

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