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Estas son las medidas que regirán en Cartagena para fin de año

El decreto regirá desde las 00:00 horas de este 15 de diciembre hasta las 24:00 horas del 31 de enero de 2022.

Este martes, 14 de diciembre, la Alcaldía de Cartagena dio a conocer, a través del Decreto 1327, las medidas sanitarias y de orden público que regirán en la ciudad para fin de año y Año Nuevo.

El decreto regirá desde las 00:00 horas de este 15 de diciembre hasta las 24:00 horas del 31 de enero de 2022.

El toque de queda

Si bien desde el sector gastronómico de bares y otras actividades turísticas habían solicitado a la Alcaldía de Cartagena eliminar el toque de queda que se venía implementando en la ciudad desde las 2 a.m. hasta las 5 a.m., este continuará con una pequeña modificación. (Lea aquí: “Pedimos al alcalde Dau que elimine el toque de queda”: gremios)

Desde este 15 de diciembre el toque de queda regirá desde las 3 a.m. hasta las 5 a.m., es decir se redujo solo a dos horas.

¿Y el Año Nuevo?

En el decreto se establece que el toque de queda no regirá durante el 25 de diciembre y el 1 de enero de 2022.

Es decir, que las personas podrán disfrutar la Navidad y el Año Nuevo sin restricciones en la movilidad.

(Lea aquí: Avalan 33 permisos para celebración de fin de año en el Centro Histórico)

Otras medidas

- La nueva normativa prohíbe la venta, distribución y uso de artículos pirotécnicos, fuegos artificiales o cualquier otro artefacto explosivo. Solo estarán permitidas las demostraciones públicas de fuegos artificiales autorizadas por la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana.

- Las tiendas, estancos, billares, terrazas, refresquerías y salsamentarias podrán operar hasta las 12:00 a.m.

- Durante la vigencia del decreto, está prohibido el estacionamiento de buses turísticos en los barrios Bocagrande, Castillogrande y Laguito.

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- En los eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva y, en bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos, y ferias, se exigirá como requisito obligatorio para el ingreso de los asistentes la presentación del carnet o certificado de vacunación contra el COVID-19, de conformidad con lo establecido por el Gobierno Nacional. Se exceptúa de esta medida a la población entre 0 y 12 años.

- El horario de inicio de cualquier tipo de espectáculo público o eventos de fiestas electrónicas en playas y espacios públicos será desde las 10:00 a.m.

- La realización de eventos públicos y privados deberá contar con la autorización de la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana, previo al lleno de los requisitos legales.

- El horario de apertura de bares y gastrobares será desde las 10:00 a.m. de cada día.

- El horario para el ingreso a las playas se mantiene entre las 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.

- Es obligatorio en toda Cartagena el uso de tapabocas, en espacios públicos y establecimientos de comercio, en donde además se deberá garantizar el distanciamiento social.

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