Por medio del decreto 0279 del 25 de febrero del 2022, el Distrito de Cartagena a través del Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT) estableció una serie de medidas restrictivas para la circulación de motociclistas. La entidad informó que desde el 4 de abril hasta el 1 de julio de este año la rotación del pico y placa para este tipo de vehículos cambia y será de la siguiente manera:
- Lunes: 5 y 6.
- Martes: 7 y 8.
- Miércoles: 9 y 0.
- Jueves: 1 y 2.
- Viernes: 3 y 4.
La restricción aplica de 5:00 a.m a 11:p.m. Sin embargo, debe tener en cuenta que el decreto prohibe la circulación de motos entre las 11 de la noche y 5 de la mañana. (Lea: Prohibida circulación de motos con parrilleros en la Pedro de Heredia)

Circulación en la Pedro de Heredia
Recuerda que el decreto prohibe la circulación de motos con parrilleros por la avenida Pedro de Heredia desde la bomba El Amparo, hasta la India Catalina (carrera 11). Por esta vía solo podrán circular acompañantes y/o parrilleros que estén registrados en la página www.transitocartagena.gov.co entre las 7:00 a.m a 10 a.m y 5:00 p.m a 8:00 p.m. Los inscritos como acompañantes no pueden ser menores de 12 años ni mujeres en estado de gestación.
Cruces permitidos:
Solo se permite la circulación de motocicletas con acompañante y/o parrillero en los cruces transversales en los siguientes puntos:
1. Intersección de la carrera 14 con Avenida Pedro de Heredia (salida de Torices), en único sentido norte-sur.
2. Intersección de la carrera 17 con Avenida Pedro de Heredia (entrada a Torices), en único sentido sur-norte.
3. Intersección de la carrera 21 con Avenida Pedro de Heredia (vía de acceso al cerro de la Popa), en doble sentido norte-sur y sur-norte.
4. Intersección de la rotonda de Bazurto sobre la Avenida Pedro de Heredia, en doble sentido norte-sur y sur-norte.
5. Intersección de la carrera 50 con Avenida Pedro de Heredia (Cuatro Vientos), en doble sentido norte-sur y sur-norte.