El Juzgado Primero Administrativo del Circuito le negó al Distrito la aclaración solicitada respecto a la orden de ejecutar, junto al inspector de Policía de Bocagrande, las obras necesarias para adecuar la edificación donde funciona el Hotel Oz Luxury al Plan de Ordenamiento Territorial (POT). (Lea: ¿Otro Aquarela? Hotel en líos por presunta ocupación ilegal del espacio público)
Como se recordará, cuando el juez resolvió en diciembre del 2022 una acción popular instaurada por el Procurador 26 Judicial II para Asuntos Administrativos, indicó que en el transcurso de los próximos tres meses se debía recuperar el espacio público invadido por los elementos construidos en la zona del antejardín de la edificación, que está en la calle 5 de Bocagrande.
Se determinó que la vulneración de los derechos colectivos relacionados con el goce del espacio público es clara, debido a que las zonas destinadas al antejardín en el hotel son parte del espacio público, y “se encuentran invadidas por elementos construidos (pérgolas) que exceden el límite establecido en las normas urbanísticas, debido a que ocupan más del 50% del área, lo cual no está permitido en el POT”.
El juzgado advirtió que si no es posible realizar las adecuaciones, se debe demoler la edificación por no ajustarse al POT. La juez señaló que en este caso es evidente el incumplimiento del Distrito en su deber de velar por la protección del espacio público y por el acatamiento de las normas urbanísticas contenidas en el POT, así como también en el control y vigilancia de la construcción del edificio, responsabilidad compartida con la Inspección de Policía de Bocagrande.
Luego del fallo, el Distrito hizo una solicitud de aclaración y adición de la sentencia proferida el 7 de diciembre del 2022; sin embargo, el juzgado acaba de negar dicha solicitud.
“Sobre el particular se advierte que la solicitud de aclaración de la sentencia no resulta procedente, porque esta no tiene como objeto que se aclaren puntos que ofrezcan serias dudas en cuanto a su alcance, lo que se pretende es introducirle una modificación sustancial, lo cual implica reabrir la controversia de fondo en torno a la responsabilidad por la vulneración de los derechos colectivos, extendiéndola a un sujeto distinto, teniendo como infractor a la sociedad Inversiones Salmero. En la sentencia se hizo el análisis sobre la vulneración de los derechos colectivos y encontrándose acreditada su violación se efectuó el análisis sobre la responsabilidad, como resultado de lo cual se identificó a los responsables y se impartieron las órdenes para garantizar su protección”, respondió el despacho.
(Lea: Ordenan adecuar sede de hotel en Cartagena por invadir el espacio público)
Esto dice la Alcaldía
Es importante precisar que el Distrito Cartagena apeló la sentencia del Juzgado Primero Administrativo del Circuito que ordena a la Alcaldía de Cartagena y al Inspector de Policía de Bocagrande ejecutar las obras necesarias para adecuar la edificación donde funciona el Hotel Oz Luxury, y adicional a ello presentó un recurso de aclaración.
A través del auto del 3 febrero de 2023, el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Cartagena solamente resuelve la solicitud de aclaración hecha por el Distrito Cartagena sobre la sentencia; no obstante, tal como se menciona en el auto, el expediente deber ser devuelto al despacho para que este se pronuncie sobre la apelación interpuesta por el Distrito contra la sentencia.
“El Distrito reitera que Inversiones Salmero S.A.S., titular de las licencias urbanísticas concedidas para la construcción del Hotel Oz Luxury, es el infractor de las normas urbanísticas, por tanto es quien debe ejecutar las órdenes pertinentes para la restitución del espacio público y cesar la vulneración de los derechos colectivos”, indicó la Alcaldía de Cartagena.