Foto: Wesley Tingey / Unsplash

El limbo jurídico de la comunidad negra de Barú


Por: Sergio Pulido* y David Murillo**

En junio de 2017, el Consejo Comunitario de la comunidad negra de Barú solicitó a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) que le concedieran la propiedad colectiva sobre el territorio que han ocupado tradicionalmente. Pese a su importancia, dicha solicitud permanece en un limbo jurídico, tanto administrativo como judicial.

La solicitud del Consejo Comunitario es importante porque busca conservar las costumbres ancestrales y asegurar la pervivencia de la comunidad. Ambas han estado asediadas por diversos factores, tal como señalamos en la anterior entrega: plagas en sus cultivos, restricciones ambientales para el uso de los ecosistemas, presiones del narcotráfico, apropiación privada de la Isla para promover el turismo, entre otras. 

En este contexto, la propiedad colectiva es una figura que brindaría a la comunidad garantías que no tiene la propiedad privada, como el hecho de ser imprescriptible (los poseedores no pueden hacerse dueños), inembargable (no se le puede quitar el territorio a la comunidad por deudas), e inalienable (los miembros de la comunidad no pueden vender los terrenos). Garantías que beneficiarían su pervivencia y costumbres ancestrales como comunidad étnica.

La solicitud de titulación colectiva actualmente vive en un limbo administrativo porque no es claro si la ANT va a tramitar o no la solicitud de la comunidad. En abril de 2019 la ANT anuló todas las actuaciones que habían tenido lugar en el trámite de la solicitud de titulación colectiva, en otras palabras, deshizo todo lo que se había logrado desde 2017. El argumento central de esta decisión fue que se solicitaba la propiedad colectiva sobre un terreno que no es del Estado en calidad de baldío, y este tipo de solicitudes no son válidas. Para la ANT solo proceden solicitudes de titulación sobre baldíos.

Inconforme, la comunidad del Consejo Comunitario de Barú apeló esta decisión de la ANT. La comunidad consideró que la titulación colectiva sí procedía sobre territorios que no sean baldíos, como cuando la solicitud se realiza sobre tierras de propiedad privada de miembros de la comunidad. Esto es lo que ocurre en este caso, ya que el Consejo Comunitario solicita la titulación colectiva sobre terrenos de propiedad privada adquiridos por la comunidad en 1851. 

Por otra parte, la solicitud de titulación colectiva de la comunidad negra de Barú se encuentra en un limbo judicial. Ante la negativa de la ANT de tramitar la solicitud, en enero de este año el Consejo Comunitario presentó una acción de tutela contra la ANT. La tutela busca que los jueces constitucionales ordenen a la ANT tramitar y dar una respuesta de fondo a la solicitud de titulación presentada por la comunidad. Sin embargo, el trámite de la acción de tutela ha sido complejo y las decisiones adoptadas insuficientes. 

El conocimiento de la tutela correspondió en primera instancia a la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá y en segunda instancia a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. En segunda instancia, algunos propietarios privados de la Isla de Barú, denominados los “vecinos de Cholón”, le solicitaron a la Corte que ordenara rehacer el trámite porque ellos debieron ser tenidos en cuenta desde el inicio. La Corte accedió a esta petición y dejó sin efectos todo lo que se había hecho. Esto ha demorado el procedimiento.

A esto se suma la incertidumbre que se ha generado sobre el trámite que se le está dando a la tutela en el marco de la pandemia del COVID 19. No se sabe muy bien si se están cumpliendo los tiempos, qué decisiones se están adoptando, y si el expediente está en el Tribunal o en la Corte.

Después de que la Corte Suprema ordenara que se hiciera de nuevo el procedimiento de la primera instancia, el Tribunal Superior de Bogotá emitió una sentencia que, desde nuestro punto de vista, es insuficiente para la protección de los derechos del Consejo Comunitario. La decisión se limitó a ordenar a la ANT que resolviera el recurso de apelación que la comunidad había presentado contra la decisión de anular el trámite de la titulación colectiva. Sin embargo, el Tribunal no tuvo en cuenta que el problema de fondo es la decisión en sí misma de no continuar con el trámite de titulación. Además, mientras se tramitaba la tutela, la ANT resolvió la apelación y confirmó su decisión de no continuar con el procedimiento de titulación.

En este contexto, consideramos que la solicitud de titulación colectiva del Consejo Comunitario de Barú debe salir del limbo jurídico en que se encuentra. Compartimos la postura del Consejo Comunitario: la ANT puede conceder a comunidades negras la titulación colectiva de terrenos que le pertenecen a sus miembros de forma privada. Existe una norma que expresamente lo permite: el parágrafo del artículo 18 del Decreto 1745 de 1995. Además, la Escritura Pública de 1851 prueba la propiedad privada de los miembros de la comunidad sobre el teritorio. 

Es por esto que la Corte Suprema debería acceder a lo que le solicitó el Consejo Comunitario y ordenar a la ANT que adelante el trámite de la titulación colectiva. Esta decisión sería un paso importante en la protección de las costumbres ancestrales, la pervivencia y derechos fundamentales de la comunidad negra de Barú. De lo contrario, los derechos de la comunidad sobre el territorio que ancestralmente han ocupado continuarían asediados. 

El mes de mayo nos dejó un ambiente propicio para reivindicar los derechos de la comunidad negra de Barú sobre su territorio. Fue el mes de la herencia africana, el mes en el que se cumplieron 169 años de la abolición de la esclavitud en Colombia y de la Escritura Pública que le otorgó a los hoy miembros del Consejo Comunitario la propiedad de parte de los terrenos de la Isla. La comunidad negra de Barú ha sufrido plagas en sus cultivos, restricciones ambientales a sus prácticas de supervivencia, presiones del narcotráfico, apropiación privada de la Isla para promover el turismo, entre otras. A esto se suma que hoy los derechos de la comunidad negra de Barú sobre su territorio viven en el limbo administrativo y judicial. 

*investigador en el equipo de Litigio en Dejusticia
** Investigador en el equipo de Justicia Étnico Racial en Dejusticia

-Foto: Foto: Wesley Tingey / Unsplash 


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