El depredador del ambiente, dice el papa Francisco, justifica su acción en la creencia de que es propietario y dominador del entorno natural. No le inquieta que los crímenes contra la naturaleza nos lesionen a todos, entre otras, porque el violador no acata normas, ni admite instancia por encima de sí. Él se impone, todo es evadible o comprable, incluso el silencio. La impunidad lo premia.
Es hijo del modelo productivo del todo se vale, del que da más valor al oro que al agua y al que el papa le desnuda sus antivalores: el derroche y el descarte, las armas del consumismo que como civilización nos consume.
(…) “En los pecados contra la creación, su desfiguración y destrucción –dice- tenemos que reconocer nuestra contribución grande o pequeña”, por acción u omisión. El papa opta por la ciencia y pide a los gobiernos y a nosotros conciencia, detener los daños ambientales, revertir el cambio climático, desacelerar el ritmo y la generación de basura y contaminación. Y también nos alerta sobre los riesgos de rellenar ecosistemas de manglar, aniquilar los corales e hijos de la mar con la sobrexplotación, sedimentos y degradación.
Pide reforzar la protección legal del ambiente que, pese a las licencias exprés y las mineras, en el país aún es coherente aunque se manipula o viola. Tenemos un tigre con dientes, gruñe pero poco muerde, y antes de que sea tarde tiene que activarse. Urge que quien delinque depredando o contaminando reciba castigo y resarza los daños. Es vital desactivar el más grave: la urbanización ilegal, delito que con descaro ricos y pobres cometen en contra el Patrimonio Natural (art 377 CP).
Ley hay, también sanción y es dual, contravencional y penal. Ante el concierto de voluntades para violarla la reacción es débil. La ley 1313 del 2009 fija la función preventiva, correctiva y sancionatoria de EPA y Cardique y permite suspender, demoler, reconstruir y multar. ¿Cuántas veces y a quiénes se han impuesto y aplicado?
En el Título XI del Código Penal (artículos 328 al 339) se tipifican los delitos contra el ambiente: el daño a los recursos naturales, la contaminación ambiental por residuos peligrosos (escombros) y la pesca ilícita. Esta es imputable a quien, sin autorización, construya obras o instale redes, mallas o cualquier otro elemento que impida el libre y permanente tránsito de los peces en los mares, ciénagas, lagunas, caños, ríos y canales”.
¿Con tanta invasión cuántos sancionados hay? ¿Cuáles procesos cursan en la fiscalía y juzgados? Es claro que como la acción, la omisión es delictiva y para los cristianos es también un pecado. El ecologista Francisco dice: “Es hora de asumir una dolorosa concientización: convertir en sentimiento personal lo que le pasa al mundo”, y al terruño.
*Abogado ambientalista y comunicador
rvergaran@yahoo.com
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