El Director de DIMAR, Almirante Pablo Emilio Romero, dijo una frase lapidaria: “Sin lote no hay marinas”. Es cierto: una marina debe tener un lote de acceso, de logística y de parqueo y, agrego yo, este lote tiene que ser de propiedad de los desarrolladores de la marina o por lo menos tener acuerdos comerciales con el proyecto, como requisito previo a la concesión. Reitero el caso de la empresa bogotana Lenguaje Urbano que pide concesión para Lantia Marina Bay sobre un litoral de 600 mts ubicado en Barú para desarrollar una marina totalmente sobredimensionada en 60 hectáreas de espejo de mar con un relleno rocoso de trece hectáreas sobre el cual elevar construcciones, con 11 muelles y haciendo caso omiso de la oposición de los propietarios cuyas tierras colindan con ese litoral. Y dado el caso que algún lote acceda a ser parte del proyecto, ¿cómo puede DIMAR otorgar una concesión cuya extensión exceda el litoral de ese lote? Sabemos que los litorales pertenecen a la Nación, así como el espejo de mar, pero eso no avala los perjuicios causados a los terrenos colindantes, en razón de intereses comerciales particulares.
Nombre:AURA
Apellidos:CENZATO
Cédula:C.E. 149294
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