Colombia


Tribunal definirá mañana legalidad de la huelga de los pilotos de Avianca

COLPRENSA

04 de octubre de 2017 10:45 PM

Sobre las 10:00 de la noche de este miércoles se levantó la audiencia en el Tribunal Superior de Bogotá, donde se define si la huelga de los pilotos de Avianca agremiados en la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac), es legal o no.

El magistrado del Tribunal, Eduardo Carvajalino, suspendió la diligencia y citó para mañana a las 10:00 de la mañana, para definir si el paro convocado desde Acdac es considerado ilegal, como lo viene pidiendo la aerolínea Avianca.

En el encuentro de este miércoles el abogado de Acdac, Juan Carlos Roncancio, expuso que “la huelga de pilotos en curso es constitucional y legalmente viable, porque la labor que presta no es un servicio público esencial”.

En ese sentido, Roncancio interpuso una demanda contra la compañía, bajo los argumentos de que el derecho a la huelga es fundamental. El abogado también se refirió a una carta enviada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), donde señala que este no es un servicio público esencial.

Acdac contestó y desestimó los 153 argumentos presentados por Avianca en la demanda inicial y pidió al juez tener en cuenta que están en juego los derechos de miles de trabajadores que forman parte de la industria aeronáutica y por lo tanto no olvide que es necesario proteger el derecho a huelga.

La aerolínea, entre sus principales argumentos, aseguró que el transporte aéreo es un servicio público esencial, que incide directamente en la dinámica social y económica del país y que, a la fecha, ha afectado a miles de usuarios en todo el país.

Otro de los argumentos propuestos por la aerolínea al sustentar su petición ante los jueces de la República fueron soportados en las que serían pruebas que pondrían en claro los vicios de procedimiento en la convocatoria hecha por Acdac.

En este caso, señalan que una de las fallas es precisamente el no haber indicado expresamente en la citación de la asamblea que la votación era para la convocatoria a huelga, y añaden otra como es el no haber invitado a dicha asamblea a todos los trabajadores de la compañía, y ejecutar el cese de actividades con una votación claramente minoritaria, en la que solo participaron algunos de los afiliados de Acdac.

Todo esto, considera Avianca, desconoce el que la huelga, en términos legales y constitucionales, exige la votación a favor de esta, de la mitad más uno de todos los trabajadores de Avianca.

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