Colombia


Sometimiento a la justicia de las bacrim será ley de la República

COLPRENSA

20 de junio de 2018 06:38 PM

Mientas que el Congreso de la República se dividió frente al proyecto que reglamenta a la JEP, la ley que sí se abrió paso, y sin mayores inconvenientes en el Senado y la Cámara, fue la que dispone el sometimiento a la justicia de las bandas criminales, en las que incluso se podrían beneficiar a las actuales disidencias de las FARC.

Este, que era un proyecto del gobierno que se tramitó con urgencia e insistencia, logró el apoyo de todas las bancadas, incluso la del Centro Democrático, partido que se opuso a la aprobación, al menos en Senado, de la ley de la Justicia Especial para la Paz (JEP).

El ponente de la ley de sometimiento, senador Roy Barreras, señaló que la misma se aplicará de forma colectiva a las bacrim y no de forma individual a sus miembros, “esta es una oportunidad para que Colombia tenga paz y tranquilidad. En esta ley no habrá beneficios judiciales, ni rebajas de penas adicionales, ni prebendas distintas a la de acabar con la persecución”.

En la norma legislativa que pasa a la sanción del presidente Juan Manuel Santos, indica que se permitirá rebaja de penas de hasta el 50 % para los miembros de grupos criminales, como el Clan del Golfo, entre otros. Para las bacrim que tengan procesos judiciales por delitos de lesa humanidad, la disminución de la pena será sólo del 30 %. 

El proyecto contó además con el respaldo del fiscal general de la Nación, Néstor Humberto Martínez, pero en la misma sesión advirtió que a la Fiscalía le preocupa que en el país ha venido creciendo de manera descontrolada los cultivos ilícitos de drogas.

Cuestionó, además, al Ministerio de Justicia, porque dejó por fuera de los temas que va a discutir el Consejo Nacional de Estupefacientes, que sesionará a inicio de julio precisamente sobre estos temas.

Sostuvo que le pedirá al Gobierno que regrese a la fumigación aérea de las plantaciones de coca, “desde el año 2016 manifestaba cómo había que mirar la posibilidad de hacer una erradicación, además de la voluntaria, que incluyera posibilidades de erradicación por aspersión área y se nos dijo que la Corte Constitucional lo había prohibido. Lo cual, en la evolución de la jurisprudencia de la propia Corte, no es cierto”.

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