Colombia


Prevención y menos obstáculos para el aborto, piden expertos tras fallo de Corte

COLPRENSA

18 de octubre de 2018 07:38 PM

El aborto, un tema que pone a temblar la estabilidad moral de la sociedad colombiana y que abre el debate sobre el valor de la vida para un ser en gestación, fue en las últimas semanas blanco de discusión a raíz de la decisión que tenía que tomar la Corte Constitucional de establecer o no un tiempo límite para la interrupción voluntaria del embarazo. (Lea aquí: Corte Constitucional no estableció límite de tiempo para el aborto)

Hace 18 años el aborto era algo inconcebible en el país y considerado como un delito, bajo el artículo 122 del Código Penal, que establecía que aquella mujer que interrumpiera su embarazo o permitiera que otra persona lo realizara tendría una pena privativa de la libertad de uno a tres años.

Ese panorama cambió seis años después, cuando la Corte Constitucional, a través de la sentencia C-355 de 2006, reconoció el derecho de las mujeres a interrumpir voluntariamente su embarazo sin límite de tiempo y bajo tres causales específicas: si existe peligro para la salud física o mental de la mujer, si hay una grave malformación del feto que haga inviable su vida extrauterina o que por su discapacidad no tenga una vida digna y en caso de haber sido concebido por violación.

Hoy, doce años después, la discusión se centró en establecer un límite de tiempo para la práctica de este procedimiento, luego de que la Corte acogió la tutela de una mujer de 33 años, que con 26 semanas de embarazo solicitó a su EPS que se le realizara el procedimiento, debido a que su bebé venía con una serie de irregularidades, petición que fue negada en tres centros hospitalarios de Bogotá.

La mujer al ver la negativa interpuso la acción de tutela y fue la jueza 36 penal municipal de Bogotá que, como medida provisional y sin fallar de fondo, autorizó la interrupción voluntaria del embarazo, por lo que el procedimiento se llevó a cabo al día siguiente.

El caso pasó a estudio en la Corte Constitucional, donde la magistrada Cristina Pardo presentó una ponencia que apuntaba a establecer un límite de tiempo de 24 semanas para dicha práctica. Esto desató voces a favor y en contra, pero finalmente, y tras una larga discusión, el alto tribunal dejó intactas las reglas establecidas, fortaleciendo la voz de varias organizaciones de mujeres que consideraban que esto era una barrera más para ejercer este derecho.

La abogada de la organización Women's Like, Mariana Ardila, celebró la decisión del Alto Tribunal y resaltó que imponer más restricciones se traduce en obstáculos para aplicar las rutas establecidas por la ley, por lo que finalmente se engruesa el número de abortos clandestinos. 

“Aunque no se conoce una cifra exacta de las mujeres que acuden a realizarse abortos por fuera de la ley, sabemos que son miles de ellas las que se realizan esto bajo condiciones insalubres que comprometen no solo sus vidas sino también su salud mental”, expresó Ardila.

La vocera de la organización resaltó que esta decisión que tomó la Corte este miércoles, hace de nuevo un llamado al Ministerio de Salud para redoblar los esfuerzos en no permitir la dilatación de los trámites para acceder al derecho.

Pese a que la cifra no es exacta, la entidad especializada en salud sexual y reproductiva, Profamilia, reveló que en el país se realizan alrededor de 300.000 abortos clandestinos al año, algo que debe ser tenido en cuenta en la protección de la salud de la vida de las mujeres.

“Apoyamos la decisión de la Corte Constitucional, porque sabemos que el gran problema son las barreras que se le ponen a las mujeres y que claramente están injustificadas empujándolas a la clandestinidad con condiciones inseguras, algo que nos genera alerta”, afirmó el asesor científico de Profamilia, Juan Carlos Vargas.

En 2017, la entidad realizó 10.517 interrupciones voluntarias de embarazo, frente a los 6440 de 2016, bajo condiciones seguras y según los parámetros establecidos por la sentencia C-355. Aunque la cifra es considerable, según Vargas, aún los sistemas de protección en estos casos se quedan cortos.

“La mayoría de abortos practicados el año pasado fueron en la regional Centro, con 4749 intervenciones, seguido de Antioquia y los santanderes, con 2718; la regional de Occidente, con 1779, y la Norte, con 1271. Pero, esto es poco para tanto caso que se presenta y que muchas veces no es atendido a tiempo”, apuntó Vargas.

Profamilia realizó 348 abortos entre los seis y los nueve meses de gestación. Según estas cifras, solo el 3 % de los abortos legales que se realizaron en el país durante 2017 fueron practicados después del segundo trimestre de gestación, a lo que la magistrada Pardo buscaba ponerle un límite.

El experto de Profamilia manifestó que “las mujeres no abortan por deporte” y resaltó que, aunque todavía falta mayor conocimiento frente al actuar de la situación en las regiones del país, se ha comprobado que al rededor del 56 % de ellas conoce del aborto legal, así como un 47,2 % de los hombres están informados.

¿UN PASO ATRÁS?

Para la vocera de Women's Like, la Corte Constitucional salvó al país del retroceso en los derechos de las mujeres, que por diferentes razones necesitan poner fin a su embarazo. “Esto solo afecta a las mujeres más pobres, a las que están en las zonas rurales las cuales tendrían muchos más inconvenientes”, explicó.

Según Ardila, las mujeres que buscan ayuda para interrumpir su embarazo de forma segura, lo hacen a tiempo, pero como tienen tantas barreras en el proceso, terminan recibiendo la autorización cuando ya están en un estado muy avanzado de gestación. 

“Muchas personas creen que nos respetamos el valor de la vida, pero al contrario, cuando se establecieron las tres causales se pensó principalmente en esto. Si Colombia continúa así se podría avanzar hacia cualquier modelo que garantice más los derechos de las mujeres en sus decisiones individuales, pero no se podía permitir un retroceso”, agregó la abogada.

Con esta postura dista el presidente de la fundación Marido y Mujer en Colombia, Javier Suárez, quien calificó el fallo como una “embarrada histórica” y manifestó que el órgano está yendo en contravía de la misma Constitución Política que prevé en el artículo 11, que la vida es de carácter inviolable desde el momento de la concepción.

“Al momento de gestarse el feto ya adquiere la calidad de persona y es inconcebible que antes o después de la semana 24 se considere si existe o no la vida humana de ese ser, porque ahí ya es sujeto de derecho que está siendo objeto de un delito que es el asesinato”, expresó Suárez. 

El presidente de la fundación resaltó que la causal de aborto por malformación está discriminando a los gestantes, ya que no se les está dando la opción de vida por las limitaciones que los afectan. “No podemos discriminar a las personas por el hecho de que les faltan un ojo o una mano y decirles que no merecen vivir, por ende se les impone una sentencia de muerte a través de una mentirosa e hipócrita figura jurídica que no tiene respeto científico”, agregó Suárez. 

Para el experto, el Estado es el que debe hacerse responsable por la vida de los fetos que están en el vientre de las madres y que piensan en tomar la decisión de abortar. “La sociedad no ha entendido que los hijos no le pertenecen ni siquiera a la madre sino al Estado, quien es el que debe proteger el derecho a la vida y no permitir que la mujer decida cuándo aborta y cuándo no, porque se está ignorando a un ser con derechos”, apuntó el presidente de la fundación Marido y Mujer.

Suárez además resaltó que el aborto debe volver a ser “perseguido como se hace con el narcotráfico, para exterminar esa cultura de muerte y volver a restituirle a la Constitución su virtud y su máximo mérito, que es el de proclamar la cultura de la vida”.

PREVENCIÓN

Pese a que las voces continúan divididas, para el psiquiatra Leonardo Ajá el problema radica en la objeción de conciencia y moralista del país que ha ignorado el tema y por ende una posible solución que radica en la prevención de los embarazos a destiempo. 

“La corte ha establecido que se trata de un derecho individual y por lo tanto las clínicas, EPS o centros de salud no pueden objetar este tributo. Aun así, las entidades de salud continúan alegando objeción de conciencia, pero aquí lo importante es que se logre la prevención, porque es la mejor solución a que las mujeres no queden en embarazo”, manifestó Ajá.

Para el psiquiatra, se deben aplicar políticas educativas que prevengan y así se evite las consecuencias del aborto para las mujeres y su núcleo. “Aquí la historia se está contando completa, siempre se olvida cómo es la vida después de interrumpir un embarazo cuando sale a la luz que la mayoría sufren de depresión, incluso llegando al suicidio”, agregó el experto en salud. 

Ajá sostuvo que es “irresponsable” ponerse a “jugar” con que se extienda más o menos el tiempo para practicar el aborto, porque pone al legislador en problemas y la raíz seguiría pasándose por alto.

“En Colombia estamos acostumbrados a legislar con base en la consecuencia, pero poco hacemos frente a la causa. Nos debatimos frente a la posibilidad del aborto, pero poco hacemos frente a la prevención. La discusión debe ser en cómo lograr que las mujeres y los hombres asuman una sexualidad de una manera más responsable”, concluyó Ajá. 

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