Colombia


¿Cuál es la mejor opción: fondos privados o Colpensiones?

COLPRENSA

20 de abril de 2015 08:50 AM

Muy pocas veces los colombianos piensan sobre su futura pensión y cuando lo hacen, a veces se apresuran a tomar decisiones que pueden ser equivocadas.

Un estudio del Ministerio de Hacienda indicó que el año pasado 130.526 personas decidieron salir del Régimen de Ahorro Inpidual (que administran los fondos privados) y se pasaron al Régimen de Prima Media (Colpensiones). El problema fue que, según la investigación, el 80 % tomó la decisión equivocada.

Hoy en día, 12,5 millones de colombianos están afiliados a los fondos privados y 2,03 millones permanecen n Colpensiones. Cualquier trabajador puede moverse de régimen cada 5 años, pero solo hasta que les falte 10 años para cumplir la edad de jubilarse, es decir, una mujer tiene hasta los 47 años para escoger por última vez qué régimen prefiere y un hombre hasta los 52 años.

Pero ¿por qué cambiarse de régimen? En el país operan dos regímenes para pensionarse: Colpensiones que opera el régimen público y las administradoras de fondos de pensiones, que administran el ahorro inpidual.

Expertos de Asofondos explicaron que el estudio del Ministerio de Hacienda indica que los colombianos deberían cotizar a un fondo privado de pensiones desde el inicio de su vida laboral y hasta 10 años antes de tener la edad de jubilación para obtener la mayor capitalización de su ahorro (en promedio la rentabilidad de los fondos ha sido del 9 % anual); En ese momento deberían decidir si les conviene continuar en el fondo (ya sea Porvenir, Colfondos o al que esté afiliado) o pasarse a Colpensiones.

Los puntos clave a tener en cuenta para tomar la determinación, según el estudio, son la edad, semanas cotizadas y el ingreso base de liquidación.

Por ejemplo, si una mujer tiene más de 800 semanas cotizadas y cuenta con 47 años ó 52 años para los hombres, y además proyecta que su ingreso base de liquidación en los siguientes 10 años que le faltan para jubilarse será mayor a 1,6 salarios mínimos, puede estar tomando una buena decisión al trasladarse de un fondo privado a Colpensiones.

Si tiene menos semanas cotizadas, es decir, unas 500 en ese momento, le quedaría difícil en 10 años completar las 1300 semanas que exige Colpensiones para otorgar una mesada, es decir, no lo lograría y por eso le convendría mirar opciones en un fondo privado.

HAY MUCHAS VARIABLES

Pero otros expertos consideran que no es tan fácil recomendar qué decisión tomar porque no se puede generalizar y cada caso se debe analizar de forma inpidual. Óscar Pardo Sarmiento, gerente de la firma consultora TG en el Valle del Cauca, dice que para definir qué camino tomar se deben tener en cuenta, además de las variables antes mencionadas, el estado civil, el núcleo familiar, capital acumulado o ahorro, derecho a bono pensional, expectativas del momento en que se desea empezar a percibir la pensión, otros ingresos y estabilidad laboral, entre otros.

Por ejemplo, si una persona tiene sus ahorros en un fondo privado de pensiones y cuenta con un bono pensional alto, pero sus aportes se han venido reduciendo, posiblemente no le convenga irse a Colpensiones, ya que el capital ahorrado puede proporcionarle una mesada superior a la que le reconocerían en el Régimen de Prima Media teniendo en cuenta que en este sistema la pensión se calcula con el promedio de los salarios cotizados en los últimos 10 años. Si son bajos van a afectar el monto de la mesada (ver gráfico sobre requisitos para pensionarse).

Según el experto en pensiones, Marcelo Duque, existe una idea generalizada de que a todo el mundo le conviene Colpensiones, lo que no es así. Por ejemplo, si un médico especializado empieza a cotizar tarde, o una persona que vivía fuera del país regresa y se afilia, aunque tengan buenos ingresos, lo más probable es que cuando tenga 62 años no logre las 1300 semanas requeridas para pensionarse con Colpensiones, entonces podría lograr más permaneciendo en un fondo privado.

Para este analista quizás la recomendación más certera es que las personas que ganan un salario mínimo o hasta dos deben permanecer en Colpensiones, porque requieren de subsidios para jubilarse, pero el resto de los que cotizan en otras condiciones deben analizar bien sus opciones.

Jorge Castaño, Superintendente Financiero, afirmó que se está avanzando en la reglamentación de la Ley 1748 de información financiera que estableció la obligación de doble asesoría cuando un afiliado se va a trasladar de régimen.

“Los fondos y Colpensiones tienen la obligación de darles información a los usuarios y las proyecciones de qué sucedería si se cambia de régimen para que tome la mejor decisión”.

Agregó que cada caso es diferente y que se cometen muchos errores por no tener la información necesaria.

Para Mauricio Toro, presidente de Protección, esta norma, que sería reglamentada para mitad de año, puede ser una solución inicial para proteger los intereses de los afiliados, en tanto se encuentra una solución de fondo simple, eficiente y de complementación entre los regímenes actuales”.

Otro punto a tener en cuenta es que si una persona no logra la pensión, porque no cumple los requisitos, tanto Colpensiones como el fondo privado debe devolverle sus aportes. En Colpensiones el afiliado recibe sus ahorros más inflación, en el fondo también gana rendimientos. Según Asofondos, en rentabilidad se han ganado $96 billones.

Por lo tanto, los expertos insisten en que no hay fórmulas mágicas para trasladarse de un fondo a Colpensiones o viceversa. La mejor recomendación es que cada afiliado debe hacer su propio estudio a través de un experto. 

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