Colombia


"Crear tribunal electoral por 'Fast Track' es inconstitucional"

COLPRENSA

30 de marzo de 2017 12:48 PM

La Sala Plena del Consejo de Estado volvió a rechazar este jueves la creación de una Corte Electoral, tal y como ha propuesto la Misión Electoral, señaló que este punto no estaba contemplado en el Acuerdo de Paz, por lo que su trámite por la vía rápida o ‘fast track’ sería contrario a la Constitución.

Así lo manifestó el presidente de la Corporación, magistrado Jorge Octavio Ramírez, quien defendió el control de los actos electorales que realiza el Consejo de Estado.

“El punto dos del Acuerdo habla de una reforma al Sistema Electoral en procura de garantías para la actividad proselitista y la pureza del sufragio, pero no de reformas a la Rama Judicial y al control judicial electoral, para asignar su ejercicio a un órgano externo a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo por la vía del fast track, que puede resultar inconstitucional, además de inconveniente y constituirse en un resquebrajamiento del orden institucional”, dijo.

De acuerdo con el jurista, sería inconstitucional porque las normas expedidas por esa vía deben tener relación directa y necesaria con lo pactado en el Acuerdo, y la jurisdicción electoral no es uno de esos aspectos.

Para la Sala Plena es, además, inconveniente “porque dado su origen partidista no garantizaría la neutralidad, objetividad, independencia e imparcialidad, que, en cambio, son consustanciales al órgano judicial”.

“La función de control judicial electoral es cumplida hoy por los jueces de la República. No requiere partida presupuestal adicional y exclusiva para la creación de un nuevo órgano burocrático, permanente pero destinado a actuar solo en los ciclos electorales, más aún cuando se pretende un modelo que resulta formalmente idéntico al existente: un Consejo Electoral y una jurisdicción especializada. La Sección Quinta del Consejo de Estado tiene un índice de cumplimiento de términos del 95% y, en lo que resta, superar la mora depende de cambios en normas legales y no de crear nuevos organismos o de falta de diligencia”, insistió el magistrado.

Para la Corporación, la modificación propuesta para el trámite y decisión de la pérdida de investidura para los congresistas, proceso de carácter sancionatorio que no tiene naturaleza electoral, carece de justificación.

En ese sentido, el Consejo de Estado señaló que los debates deben centrarse en fijar mecanismos democráticos que reglamenten y garanticen la participación de nuevos movimientos sociales, políticos, de desmovilizados y de minorías; así como para replantear el sistema de control de la financiación de los partidos y en general lo referente a la financiación estatal de la actividad política.

Para el Consejo de Estado se debe igualmente reformar el Código Electoral en puntos tales como: avales, inscripciones, residencia electoral y funcionamiento de los partidos y, por otro lado, se deben crear reformas que “permitan la firmeza de inscripciones, avales y juicios de inhabilidades para antes de los procesos electorales”.

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