Colombia


Corte concede libertad a exparamilitar del Bloque Central Bolívar

COLPRENSA

16 de diciembre de 2017 02:35 PM

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia concedió la libertad al paramilitar Yan Alberto Manjarrés, alias ‘Cachama’, desmovilizado del Frente Fidel Castaño del Bloque Central Bolívar de las Autodefensas.

La Sala Penal le sustituyó la medida de aseguramiento en su contra por una no privativa de la libertad.

Manjarrés estaba preso desde el 22 de diciembre de 2003, en noviembre de 2006 se acogió a la Ley de Justicia y Paz y fue postulado para la misma por el Gobierno Nacional en 21 de mayo de 2008, por lo que ha colaborado con la justicia en múltiples procesos.

Manjarrés fue condenado el 11 de agosto de 2017 por el Tribunal Superior de Bogotá a 8 años de prisión, la máxima posible en Justicia y Paz, por los delitos de homicidio en persona protegida, desaparición forzada, secuestro simple y concierto para delinquir agravado.

La Corte consideró que ‘Cachama’ cumplió con decir la verdad ante Justicia y Paz. “Carece de toda solidez pregonar que el postulado no acreditó su contribución con el esclarecimiento de la verdad, pues la certificación expedida por la Fiscalía -que cumple con la tarifa legal- evidencia que aquél participó en diligencias de versión libre en 13 oportunidades, entre los años 2009 y 2016, en las cuales no solo ratificó su voluntad de acogerse al proceso transicional, sino que narró las circunstancias en las cuales participó en la comisión de delitos, mientras hacía parte del Bloque Central Bolívar de las AUC”, dijo la Corte.

La Sala indicó que Mnajarrés colaboró en la identificación de otros integrantes de las AUC y que este fue condenado por aceptación de los cargos

Igualmente, la Corte estimó que se cumplen los requisitos para otrogar la libertad pues desde que fue incluido como aspirantes a las prerrogativas de la Ley de Justicia y Paz, el 21 de mayo de 2008, más el tiempo que estuvo preso anteriormente, ya han transcurrido más de 8 años.

Manjarrés quedará en libertad, si no tiene otro proceso pendiente, con vigilancia electrónica y con el deber de presentarse ante las autoridades judiciales que lo requieran; cumplir con el proceso de reintegración; informar  cualquier cambio de residencia; no salir del país sin previa autorización judicial;  tener buena conducta y no portar armas de fuego de defensa personal.

Por otro lado, la Corte también le sustituyó una pena de 32 años de prisión que le impuso el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Bucaramanga el 22 de mayo de 2007 que le fue dictada por la muere de Esperanza Amaris Miranda, perteneciente a la Organización Femenina Popular de Barrancabermeja en el 2003.

“Las conductas por las cuales fue condenado Yan Alberto Manjarrés, por un juez penal especializado, surgieron durante y con ocasión de su pertenencia a las AUC. Y ello se ve ratificado con la imputación de tales hechos en el marco del proceso de justicia y paz, como lo puso de presente la Fiscalía en la presente actuación. Por consiguiente, se ordenará remitir copias de la presente actuación al Juzgado 2º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bucaramanga, que vigila actualmente la condena, para que resuelva sobre la suspensión condicional de la ejecución de la pena emitida en sede ordinaria, con base en el concepto emitido en la presente decisión”.

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