El martes 11 de septiembre fue el último día que Beatriz Elena Galvis Lara desempeñó el cargo de auxiliar administrativo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) Regional Bolívar, mismo que ocupaba desde el 5 de septiembre de 2006 en el Centro Zonal Industrial y de la Bahía, en el barrio Santa Lucía.
La terminación de su nombramiento provisional la recibió el pasado 31 de agosto, en una misiva donde la Dirección de Gestión Humana le explica que: “Como es de su conocimiento, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC, mediante el Acuerdo No. 20161000001376 del 5 de septiembre de 2016, convocó a concurso abierto de méritos para proveer definitivamente los empleos vacantes de la planta de personal pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - “Cecilia de la Fuente de Lleras” - ICBF, Convocatoria No. 433 de 2016”.
En la misma le comunica la fecha de la terminación de su nombramiento (11 de septiembre de 2018), precisándole que “en esta fecha tomará posesión en periodo de prueba el titular de dicho empleo (...) Usted deberá entregar los asuntos y bienes a su cargo”.
Beatriz sostiene que por ser sobreviviente de cáncer de mama, con riesgo de sufrir una recaída; y madre cabeza de familia con dos hijos a su cargo, una niña de 11 años y un niño de 7; la terminación de su contrato vulnera sus derechos al trabajo, a la seguridad social, salud, mínimo vital y a la familia. Para protegerlos, el 5 de septiembre pasado radicó una acción de tutela ante el Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Cartagena.
Recalca que conservaría su cargo si la Regional Bolívar hubiera solicitado su protección en salud a la Sede Dirección General, tan pronto le diagnosticaron el tumor maligno en 2009, pero esta no lo hizo.
Su historia
“En 2009 me declararon un cáncer hormonal muy agresivo en el seno derecho. Fui sometida a quimioterapias, radioterapias y cirugía en un cuadrante del seno. En 2015 recaí. Me salió otro cáncer, diferente al de 2009, pero seguía siendo hormonal, agresivo; tenía dos nódulos malignos que me sacaron, me sometieron a un vaciamiento bilateral de los senos, los perdí y me los volvieron a reconstruir. Fui sometida a quimioterapias nuevamente y tratamiento por un año. Desde entonces he seguido bajo control muy seguido”, contó la exservidora pública.
Señaló que “terminé en 2016 todo lo que fue tratamiento y periódicamente voy donde el doctor Luis Fernando Viaña a entregarle exámenes de seguimiento hormonal y de sangre. Él dice que no nos podemos descuidar”.
Beatriz anotó que por la convocatoria 433 de 2016, en la cual se ofertó su cargo, “el 27 de septiembre de 2017 hicieron una convocatoria y no pude asistir porque estaba en urgencias con un dolor de hernia discal. Las quimios me dejaron ese efecto secundario, además de una discopatía degenerativa y falla cardiaca leve. No pude presentarme, pero la Regional tenía que solicitar mi protección en salud”.
En aras de proteger su cargo, y dudando de que la sede nacional del ICBF estuviera al tanto de sus quebrantos, el 6 de junio le solicitó a Carlos Enrique Garzón Gómez, director de Gestión Humana del ICBF, revisar su hoja de vida.
“Me permito poner en conocimiento la situación de salud que presento desde el año 2006 con diagnóstico CA de mama, que viene siendo tratado y supervisado desde esta fecha y con recaída nuevamente en 2015 (...) en este momento estoy bajo seguimiento médico y exámenes especializados con oncología clínica y oncología de senos y tejidos blandos cada 6 meses”, explicó en dicha solicitud. Por esa situación y por ser madre cabeza de familia, pidió el amparo de su cargo.
Además, el 19 de julio solicitó a altos funcionarios del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar informarle “si su dependencia notificó mi historia clínica (...) En caso de ser positivo, solicito se me envíe copia del oficio con que fue remitida a Gestión Humana sede nacional (...) ya que en los resultados de la convocatoria, otra persona puede ocupar mi cargo”. La primera petición se la respondieron con una negativa el 24 de julio; la segunda no se la han respondido. Hoy espera que, por orden de un juez, le respondan la tutela y se protejan sus derechos.
Qué dijo el ICBF
En su respuesta a Beatriz, el director de Gestión Humana del ICBF citó el Decreto 1083 del 2015. Se centró en el parágrafo 2 del artículo 2.2.5.3.2 Orden para la provisión definitiva de los empleos de carrera.
“Cuando la lista de elegibles elaborada como resultado de un proceso de selección esté conformada por un número menor de aspirantes al de empleos ofertados a proveer, la administración, antes de efectuar los respectivos nombramientos en período de prueba y retirar del servicio a los provisionales, deberá tener en cuenta el siguiente orden de protección generado por: enfermedad catastrófica o algún tipo de discapacidad; acreditar la condición de padre o madre cabeza de familia (...), ostentar la condición de prepensionados (...), tener la condición de empleado amparado con fuero sindical”.
Del caso concreto, indicó que un médico especialista en seguridad en salud y en el trabajo de la entidad evaluó el diagnóstico médico de Beatriz, para determinar si “era procedente o no otorgarle la protección de estabilidad laboral reforzada por motivo de su condición de discapacidad”.
Según Garzón, el galeno manifestó que: “El caso de la señora en mención es de patologías cancerígenas anteriores, en el momento no refiere sintomatología cancerígena. Ella misma comenta a su médico tratante que sus síntomas de glándulas mamarias no los tiene, el problema de la señora es una patología a nivel de columna, pero nada que ver con metástasis, presenta un desgaste o degeneración a nivel lumbar, que no es comprensiva (...).
“Se observa que su estado actual de salud no requiere ser amparado por el principio de estabilidad laboral reforzada, pues no se encuentra en una situación de vulnerabilidad o de debilidad manifiesta como lo exige el alto Tribunal, razón por la cual no puede ser considerada como sujeto de protección especial manifiesta”.
Concluyó que “así las cosas, no es posible otorgarte la protección de estabilidad laboral reforzada”.
El Universal consultó al ICBF sobre la tutela en cuestión y, al cierre de esta edición, el Instituto no emitió ningún pronunciamiento.
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