Cartagena


Gerente de Colpensiones podría ir a la cárcel

TANIA FLÓREZ DECHAMPS

24 de octubre de 2014 12:02 AM

El Juez Quinto Civil de Cartagena ordenó sancionar a Isabel Martínez Mendoza, gerente de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), por no cumplir el fallo de tutela que ordena el pago de incapacidades a uno de sus afiliados.

El afectado es Wilson de Ávila Martínez, un ex mensajero de 50 años, que perdió el 36% de su capacidad laboral en un accidente no profesional. De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, De Ávila, cotizante independiente, no califica para obtener la pensión por invalidez (la pérdida de la capacidad laboral debe ser superior al 50%), por tanto su incapacidad, certificada por el médico tratante fue asumida, los primeros 180 días, por la EPS.

La incapacidad de Wilson se ha extendido y es el fondo de pensiones, Colpensiones, la que debe asumir su remuneración a partir del día 181.

Ante la negativa de la entidad por el pago del total de las incapacidades, el afectado impuso una tutela atendida por el Juzgado Quinto Civil  de Cartagena, que ordenó a Colpensiones, en mayo de 2013, cancelar las incapacidades radicadas y todas aquellas que se expidan en adelante, hasta que el accionante obtenga su pensión.

A pesar del fallo, Colpensiones notificó a Wilson que la solicitud del pago de las incapacidades no había sido aprobada.

En septiembre del año en curso y luego de una serie de trámites requeridos por la entidad para una nueva radicación de documentos, fue abierto un incidente de desacato contra Isabel Martínez Mendoza, gerente de Colpensiones.

El Juez Quinto Civil de Cartagena, resolvió que la funcionaria debía pagar un día de arresto y una multa equivalente a un salario mínimo. 

Este fallo fue confirmado por la Sala de Decisión Civil del  Tribunal Superior del Distrito Judicial, el pasado 7 de octubre.


Colpensiones responde

El Universal se comunicó con Colpensiones para conocer el estado del pago de las incapacidades radicadas por Wilson de Ávila Martínez. La entidad respondió que el tutelante recibió el pago de 350 días de incapacidad cuando se encontraba vinculado al Instituto de Seguro Social y por tanto, solo restarían 10 días por pagar, pues la norma estipula que el fondo de pensiones debe cubrir hasta 360 días, de lo contrario estarían ocasionando el detrimento del patrimonio nacional.

Colpensiones, aseguró que no ha emitido una respuesta oficial a De Ávila porque se estaba tramitando un estudio de seguridad que permite verificar la autenticidad de los documentos presentados. Asimismo la entidad informó que pronto notificará la resolución al afectado.


No hay castigo

A la fecha el Juez Quinto Civil no ha procedido con el cumplimiento de la sanción a Colpensiones y por la declaraciones de la entidad, no hay intención alguna de dar cumplimiento al fallo de tutela o  al incidente de desacato. 

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