Cartagena


Apelación de Aquarela se define el 26 de octubre

MÓNICA MEZA ALTAMAR

18 de octubre de 2018 12:00 AM

Que la inspectora de la comuna 2, Paola Serna, “se arrojó competencias propias de un juez contencioso administrativo” al pronunciarse sobre la legalidad de la licencia de construcción del proyecto Aquarela y declararlo infractor de normas urbanísticas, con base en “los errores del  informe técnico emitido por dos arquitectas de la Secretaría de Planeación”, fueron los argumentos con que David Garzón Gómez, apoderado de Promotora Calle 47 SAS, comenzó a sustentar en la tarde de ayer la apelación del fallo proferido el pasado 9 de octubre. Lea aquí (Aquarela prepara apelación contra suspensión y multa)

En la presentación del recurso, ante el secretario del Interior y Convivencia Ciudadana, José Carlos Puello Rubio, Garzón advirtió que según la Ley 1437 de 2011 “el otorgamiento de la licencia urbanística implica la adquisición de derechos de desarrollo y construcción (...) así como la certificación del cumplimiento de las normas urbanísticas y sismorresistentes (...) Y conlleva la autorización específica sobre uso y aprovechamiento del suelo en tanto esté vigente. Implica que su titular cumple con las normas y se presume su legalidad y obligatoriedad”.

Recalcó que tal licencia será de obligatorio cumplimiento “mientras no haya sido anulada por la jurisdicción contenciosa administrativa. La norma no dice que será obligatoria a menos que una inspectora de Policía, secretario del Distrito o agente del Ministerio Público considere lo contrario”.

Garzón defendió los aislamientos de la torre uno de Aquarela señalando que “según los planos aprobados, el aislamiento, tanto en la carrera 17 como en la calle 35, debía ser de cinco metros contados desde el sardinel o bordillo de la calzada”. Y fue aquí donde citó uno de los errores en los que presuntamente incurrieron las arquitectas. “Dicen: “el cerramiento en malla delimita la línea de propiedad y de espacio público”, y fue a partir de ese cerramiento que contaron los cinco metros”, concluyendo que la torre uno se construyó dentro de la que debía ser un área de antejardín destinada al espacio público.

Indicó que las funcionarias en cuestión sostuvieron que “desde siempre” la malla había divido el espacio público del privado. “Mintieron para condicionar la decisión de la inspectora. El cerramiento fue erigido por Promotora Calle 47, de manera que no puede ser tomada como elemento que divide el espacio público del privado”.

El abogado cuestionó: “¿Cuál es el fundamento jurídico para concluir que el cerramiento separa el espacio público del privado?”, indicando que ni el informe del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (Igac), ni el plano aprobado, concluyen que el aislamiento se debe contar desde la mencionada malla.
“Pregunté si tomaron el plano como referente para su dictamen”. Y respondieron que sí, aunque “está mal dibujado. Dentro de los cinco metros está metiendo los andenes (...) Hicieron un juicio de legalidad sobre la licencia, lo que las llevó a desestimarla injustificadamente”.

Otros puntos
Para Garzón, el uso del Mapa Interactivo Digital de Asuntos del Suelo (Midas) no fue conveniente para que la inspectora decidiera sobre la torre uno de Aquarela.

Alegó además la violación del principio de congruencia porque el objeto de la audiencia era el cumplimiento de la licencia en materia de aislamientos y lo que hizo la inspectora fue pronunciarse sobre la legalidad de la misma; y mostró documentos del IPCC y del Ministerio de Cultura, en los que se afirma que el proyecto no afecta la valoración patrimonial del Castillo San Felipe de Barajas.

Al término de su intervención, la procuradora 66 Judicial Primera Administrativa de Bolívar, Claudia Mantilla, solicitó al secretario del Interior mantener las medidas que la inspectora impuso sobre Aquarela. Este anunció que sería el próximo 26 de octubre el día en que resolvería este caso.

Cabe recordar que la inspectora de Policía ordenó, además, mantener suspendidas las obras de Aquarela hasta que Mincultura decida si afectan o no el valor patrimonial del Castillo San Felipe.

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